Deducciones por compra de coche híbrido e instalación de cargador eléctrico

En el menú Apartados Declaración, tienes Deducción por la adquisición de vehículos eléctricos "enchufables" y de pila de combustible y puntos de recarga:
Ver el archivo adjunto 640

Para la deducción del vehículo, los datos los introduces pulsando el lapiz a la derecha de la casilla 1918, NIF/NIE de la persona/entidad vendedora:

Ver el archivo adjunto 641

Para la deducción por instalación de punto de recarga:
Ver el archivo adjunto 642


Repasando mi documentación resulta que pagué la instalación en 2023 y ésta se hizo en 2024. Menos mal que parece ser que se desgrava en la declaración correspondiente a cuando finaliza la instalación del sistema de recarga, en mi caso el año que viene (RENTA 2024). Si no hubiera tenido que realizar una rectificación.
 
Una preguntilla a los entendidos se este tema, porque si hago la declaración sin meter el importe del coche me sale a devolver 500 y pico y metiendo el coche me aunque me salen los 3000 he rellenado la casilla del plan nove aunque tampoco la he cobrado me sale a devolver 2400 aprox..? Pues no me cuadra...
 
Una preguntilla a los entendidos se este tema, porque si hago la declaración sin meter el importe del coche me sale a devolver 500 y pico y metiendo el coche me aunque me salen los 3000 he rellenado la casilla del plan nove aunque tampoco la he cobrado me sale a devolver 2400 aprox..? Pues no me cuadra...
¿Metiste el precio del coche? En mi caso como el precio del coche es mucho mayor que 20000€ el moves no me influye. Tengo la impresión que has rellenado algo mal.

En mi caso a la cantidad que me salía a devolver se añadieron los 3000€.
 
¿Metiste el precio del coche? En mi caso como el precio del coche es mucho mayor que 20000€ el moves no me influye. Tengo la impresión que has rellenado algo mal.

En mi caso a la cantidad que me salía a devolver se añadieron los 3000€.
Ok, gracias Seldon, ya vi el porqué. Si no tienes ingresos brutos por encima de los 30000€ dudo mucho que te devuelvan los 3000, en mi caso, poniendo la cantidad del coche a mi mujer, sale la devolución como comenté y si me la pongo a mi, me aumenta mi devolución en los 3000 €, diferencia el sueldo bruto anual.
 
Entiendo lógicamente que solo se puedes poner esa cantidad a nombre de quien esté puesto el coche.
En mi caso está puesto a mi nombre y me interesaría ponerlo en la declaración de mi mujer.
 
Entiendo lógicamente que solo se puedes poner esa cantidad a nombre de quien esté puesto el coche.
En mi caso está puesto a mi nombre y me interesaría ponerlo en la declaración de mi mujer.
Esa es una buena cuestión, ¿permite declararlo como conjunto?, si es así, el solo lo partirá al 50%
 
Esa es una buena cuestión, ¿permite declararlo como conjunto?, si es así, el solo lo partirá al 50%
Tendría que comprarse a medias para poder declarado al 50%.

En declaración conjunta se declararía el 100% y daría igual quién lo cobrara; pero salvo que uno de los cónyuges no trabaje o gane muy poco no compensa.

En una individual ha de declararlo el que figure como comprador.
 
Entiendo lógicamente que solo se puedes poner esa cantidad a nombre de quien esté puesto el coche.
En mi caso está puesto a mi nombre y me interesaría ponerlo en la declaración de mi mujer.
Efectivamente, no puedes ponerlo en la declaración de tu mujer si lo compraste tú.
 
Ok, gracias Seldon, ya vi el porqué. Si no tienes ingresos brutos por encima de los 30000€ dudo mucho que te devuelvan los 3000, en mi caso, poniendo la cantidad del coche a mi mujer, sale la devolución como comenté y si me la pongo a mi, me aumenta mi devolución en los 3000 €, diferencia el sueldo bruto anual.
Más que los ingresos brutos lo que importa es que te salga a pagar o hayas pagado con retenciones. Si te han devuelto todas las retenciones antes de añadir el coche no va a variar la devolución. Tendrías que pagar de impuestos al menos 3000€ para que te pudieran descontar 3000€. Si pagas 2400€, en resultado o retenciones, eso sería lo que te devolverían o no tendrías que pagar.
 
Más que los ingresos brutos lo que importa es que te salga a pagar o hayas pagado con retenciones. Si te han devuelto todas las retenciones antes de añadir el coche no va a variar la devolución. Tendrías que pagar de impuestos al menos 3000€ para que te pudieran descontar 3000€. Si pagas 2400€, en resultado o retenciones, eso sería lo que te devolverían o no tendrías que pagar.
Perdona la indiscreción, pero ese datos lo metiste en las anotaciones "Conjuntas (las del matrimonio)" o lo anotaste solo para tí

No había leído tu respuesta.
 
Última edición:
Efectivamente, no puedes ponerlo en la declaración de tu mujer si lo compraste tú.
Discrepo de lo que dicis, que yo haya pagado y que burocracia (Trafico, Ayuntamiento, Seguro, etc.) este a mi nombre, no quiere decir que eso no sea un bien patrimonial y en consecuencia de ambos (en mi caso, mi mujer tiene un contrato de arrendamiento a su nombre y se declara en la zona del conjunto, el piso es de ambos comprado en gananciales)
 
Hola.
Tenéis que descontar la subvención solicitada del Moves, y ahí te deduces el 15% de un máximo de 20000, que te devuelvan más o menos depende de tú base de cotización y de todas las deducciones que hayas hecho.
 
Perdón, lo escribí mal. No es que haya que descontar subvención quise decir que tenéis que reflejar subvención. Aquí lo veis: Agencia Tributaria: Deducción por adquisición de vehículos eléctricos e instalación de puntos de recarga - Deducción ...
¿Habría que poner los 4500 o 7000 en ''Cantidades subvencionadas o que fueran a serlo a través de un programa de ayudas públicas?''
o solo cuando hayamos recibido esas ayudas?
Por otra parte, donde podemos ver cuales son los gastos de Importe de los gastos y tributos: incluye IVA o IGIC, Impuesto de matriculación, etc.

Un saludo
 
¿Habría que poner los 4500 o 7000 en ''Cantidades subvencionadas o que fueran a serlo a través de un programa de ayudas públicas?''
o solo cuando hayamos recibido esas ayudas?
Por otra parte, donde podemos ver cuales son los gastos de Importe de los gastos y tributos: incluye IVA o IGIC, Impuesto de matriculación, etc.

Un saludo
Es cuando hayas recibido la ayuda (en el ejercicio siguiente), eso lo contabilizaras como ingresos extras y tendrás que pagar los impuestos de es ingreso (así, la subvención es 5000 o 7000 la tienes que restar el % tipo medio estatal + autonómico [Aprox 20%] de impuesto que te salga a ti).

No incluye IVA, esa cantidad es una subvención, y tampoco creo que tiene retención a cuenta.

No se si esto te aclara.
 
Creo que ya estoy a las puertas del final del proceso iniciado la última semana de diciembre de 2023.

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A mí me acaban de aceptar la primera documentación, pone a la espera de subida de la segunda documentación. Si no cambia de estado a revisión de la segunda en breve, contactaré con el conce
 
A mí me acaban de aceptar la primera documentación, pone a la espera de subida de la segunda documentación. Si no cambia de estado a revisión de la segunda en breve, contactaré con el conce
Efectivamente, la de subir documentación depende de vosotros (concesionario y tú si hay que aportar docuementación), cuando es de ellos, toca esperar.
 
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